Contrataciones públicas...
La Secretaría de la Contraloría vigila que las dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos de la Administración Pública Estatal, cumplan con las normas y disposiciones correspondientes a la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones y arrendamientos del Ejecutivo Estatal.
Protocolo de actuación
Establece los lineamientos que deberán observar los servidores públicos en su contacto con los particulares, durante las contrataciones publicas, otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones, concesiones, sus modificatorios y prórrogas.
- Los servidores públicos en su contacto con los particulares deberán conducirse con diligencia, rectitud, imparcialidad, honradez, legalidad y respeto.
- Durante el procedimiento no tendrán contacto personal, salvo el establecido para el desahogo de los procedimientos previstos por las disposiciones jurídicas aplicables.
Sistema Informático de Registro de Servidores Públicos del Estado de México (SIRESPEM)
Es el sistema que contiene el registro de los servidores públicos estatales que intervienen en los procedimientos de contrataciones públicas, el otorgamiento de licencias, autorizaciones, concesiones, permisos, sus modificatorios y prórrogas.
Objetivos
- Evitar y/o detectar posible conflicto de intereses.
- Identificar y clasificar el grado de responsabilidad de los servidores públicos que participan en los citados procedimientos.
- Colaborar en la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción.
- Contribuir a la transparencia y rendición de cuentas.
Únicamente usuarios registrados
Registro Único de Servidores Públicos de las Entidades Federativas (RUSPEF)
Es el catálogo para identificar a todos los servidores públicos de las entidades federativas que intervienen en los procedimientos de contrataciones públicas, licencias, concesiones y permisos, en los que se apliquen recursos federales, total o parcialmente.
Objetivos
- Contribuir al abatimiento de la corrupción.
- Prevenir el conflicto de intereses en los servidores públicos.
- Robustecer la transparencia y rendición de cuentas.
- Aumentar la confianza ciudadana en las instituciones de gobierno.
- Identificar y clasificar los niveles de responsabilidad de los servidores públicos.
Testigo social
Es el mecanismo de participación ciudadana por medio del cual se involucra a la sociedad civil en los procedimientos de contratación pública relevantes que, por su complejidad, impacto o monto de recursos, requieren mayor atención para minimizar riesgos de opacidad ó corrupción.
Requisitos para ser testigo social
- Tener conocimientos en materia de adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes, y contratación de servicios; así como de la contratación de obra pública y servicios relacionados con la misma.
- Presentar la solicitud ante el Comité de Registro de Testigos Sociales y cumplir los requisitos.
- Contar con el registro otorgado por el Comité de Registro de Testigos Sociales, el cuál está integrado por la UAEM y el INFOEM.
¿Cuándo participa?
En las etapas del procedimiento de contratación pública, desde la formulación y revisión previa de las bases, convocatoria o invitación; hasta la formalización del contrato en los procedimientos de adjudicación relativos a:
- La concesión de infraestructura vial.
- La obra pública y servicios relacionados con la misma.
- Los bienes y servicios, el arrendamiento y la enajenación.
- Los proyectos para la prestación de servicios.
Procedimientos de contratación pública, en los que podrá participar un testigo social
Los citados procedimientos deberán reunir alguna de las siguientes características:
- Que corresponda a obras o acciones de alto impacto social.
- El monto de la contratación deberá ser representativo.
- Incentivar significativamente el desarrollo económico y social.
- Que incida en una estrategia de crecimiento municipal, regional o estatal.
- Que exista un alto requerimiento para hacer más transparente el proceso.
Funciones
- Participar de manera objetiva, independiente, imparcial, honesta y ética.
- Cuando el testigo social observe irregularidades en el procedimiento de contratación pública, deberá comunicarla mediante escrito al Órgano Interno de Control correspondiente.
- Deberá emitir su testimonio al final de su participación y entregarlo a la dependencia contratante, a la Secretaría de la Contraloría y al Comité de Registro de Testigos Sociales.
A la Secretaría de la Contraloría, le corresponde entre otras atribuciones, administrar el Sistema Único de Control sobre la Participación de los Testigos Sociales, tratándose de las dependencias y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo del Estado de México, respecto de las contrataciones públicas que se realicen con cargo total o parcial a recursos estatales.
Instancia de inconformidad
La inconformidad, es una instancia que tienen los particulares, cuando participan en una licitación pública o invitación restringida y no están de acuerdo con algún acto del procedimiento, por considerarlo irregular.
Autoridad ante la que se presenta
Ante la Dirección General de Responsabilidades Administrativas de la Secretaría de la Contraloría.Plazo para su presentación
Se presenta de manera escrita, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se dé a conocer públicamente el fallo de adjudicación.Registro de empresas y/o personas físicas objetadas y sancionadas
La Secretaría de la Contraloría, a través de la Dirección General de Responsabilidades Administrativas, llevará el registro de las personas físicas o jurídico colectivas, de las cuales se abstendrán de recibir propuestas o celebrar contratos, de conformidad con lo previsto en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y en el Libro Décimo Segundo "De la Obra Pública" del Código Administrativo del Estado de México; asimismo, dará a conocer a las dependencias y entidades y recibirá de éstas la información correspondiente para la integración y difusión de dicho registro.
Adquisiciones
La Secretaría de Finanzas y los organismos auxiliares, informarán por escrito dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes, a la Secretaría de la Contraloría, el listado de las personas sujetas al procedimiento administrativo sancionador, derivado de los supuestos establecidos en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios.
Obra pública
Los licitantes o contratistas que infrinjan las disposiciones de la materia, serán sancionados por la Secretaría de la Contraloría, con multa de 300 a 3,000 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente en la fecha de infracción y/o inhabilitación temporal de 3 meses a 5 años para participar en los procedimientos de contratación.
La Secretaría de la Contraloría, sustanciará el procedimiento mediante el cual se impondrán las sanciones señaladas, en los términos que establece la normatividad de la materia.