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Evaluación de confianza

Se entiende como el cumplimiento congruente del procedimiento de evaluación de confianza establecido por la Unidad Estatal de Evaluación de Confianza, para evaluar que la actuación de las personas servidoras públicas se lleve a cabo en apego a los principios institucionales, que se requieren para un debido ejercicio del servicio público Estatal, Municipal u Otro Poder del Estado, conforme a los perfiles de puesto validados por la Dependencia que lo solicito, con la finalidad de fomentar la ética en el empleo, cargo o comisión que desempeñan y previniendo conductas irregulares ó actos de corrupción.


¿Qué es la Unidad Estatal de Evaluación de Confianza?

Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de la Contraloría, con autonomía técnica para el ejercicio de sus atribuciones y tendrá por objeto aplicar los procedimientos de evaluación de confianza y expedir la Constancia de Confianza que corresponda.


¿Quiénes son sujetos a la evaluación?

  • Personal encargado de la administración o manejo de fondos, recursos financieros, económicos o valores.
  • Quienes por sus funciones realicen vigilancia, auditoría, fiscalización y control de fondos, ingresos, gastos y recursos financieros, económicos y valores.
  • Aquellos que hagan visitas, inspecciones o verificaciones a personas físicas o jurídico colectivas.
  • Quienes realicen planeación, programación, presupuestación, adjudicación, adquisición, enajenación, arrendamiento de bienes y la contratación de servicios.
  • Personal que por sus funciones o actividades sean designados por acuerdo publicado en el periódico oficial Gaceta del Gobierno.
  • Servidores públicos municipales que sean sujetos a través de los convenios de colaboración suscritos entre los Ayuntamientos y la Secretaría de la Contraloría.
  • Aquellos que tengan bajo su responsabilidad la residencia y supervisión de obras públicas, la revisión de precios unitarios, alzados y mixtos
  • Quienes realicen contrataciones públicas, otorgamiento de licencias, autorizaciones, concesiones, permisos, sus modificatorios y prórrogas

foto certificacion

¿Cómo se evalúa?


Dicho procedimiento consiste en la aplicación de una serie de evaluaciones cuantitativas y cualitativas, que se realizarán a las personas servidoras públicas obligadas, conforme a los perfiles de puesto validados por las Dependencias que solicitan la evaluación de confianza, misma que está conformada por las evaluaciones:

Médico-toxicológica.

Psicológica.

Investigación socioeconómica.

Poligráfica.


¿Cuándo presentar la evaluación de confianza?

Los servidores públicos deberán presentar la evaluación en los siguientes casos:

Ingreso

Reingreso

Promoción

Permanencia (2 años)



¿Cuáles son los beneficios?

Permite que los servidores públicos trabajen junto con la ciudadanía y sirvan en un ambiente confiable, honesto apegado a los principios y valores de la administración pública del Estado de México.

Preguntas frecuentes


¿Dónde puedo solicitar más información?
En las oficinas de la Unidad Estatal de Evaluación de Confianza con dirección en Av. Primero de Mayo 1731, esquina Robert Bosch, 4º piso, Col. Zona Industrial, Toluca, Estado de México o al teléfono (722) 2756 785 en un horario de 9:00 am a 6:00 pm.
¿Puedo tramitar mi Evaluación de Confianza de manera personal?
No, el trámite lo lleva a cabo la Dependencia a la cuál se encuentra adscrito el servidor público.

Para los servidores públicos municipales será necesario llevar a cabo previamente la firma de convenio de colaboración con el Ayuntamiento.
¿Las evaluaciones tienen algún costo?
Las evaluaciones no tienen costo alguno.
¿Cuál es la vigencia de las evaluaciones?
La evaluación de confianza tiene una vigencia de dos años.
Si no asisto a alguna de mis evaluaciones, ¿Qué debo hacer?
Deberá notificar dicha inasistencia al personal de apoyo técnico de su dependencia.
¿Quién es el personal de apoyo técnico?
Es el servidor público que funge como enlace entre su Dependencia y la Unidad Estatal de Evaluación de Confianza.